La certificación de las especialidades médicas en México

En nuestro país fue en 1963 se inició el proceso con la fundación del Consejo Mexicano de Médicos Anatomopatólogos. Para 1974 se habían formado ya 15 consejos de otras especialidades médicas, y posteriormente se estableció a la Academia Nacional de Medicina como la entidad coordinadora y normativa de la certificación de los especialistas médicos en México a través de los Consejos de cada especialidad.

Desde 1995 la Academia Mexicana de Cirugía se sumó a la Nacional de Medicina en esta labor y en ese mismo año se convocó a los Consejos de Especialidades Médicas para formar en conjunto, el Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas, A. C. (CONACEM).

De acuerdo con el CONACEM, los consejos mexicanos de certificación de médicos especialistas son cuerpos colegiados formados por miembros de la comunidad profesional de la misma disciplina, elegidos por sus propios pares para asumir la responsabilidad de establecer el proceso de certificación y renovación periódica de sus compañeros de profesión y de los nuevos especialistas.

Esta actividad regulatoria del quehacer médico está establecida en la propia Ley General de Salud la cual establece en su artículo 83 que todos los especialistas deberán contar con un certificado expedido por el consejo de la especialidad correspondiente para poder llevar a cabo su práctica profesional.

 

 

Las razones por las que se motivaron para la realización de este manual es señalar que la certificación de la práctica de las especialidades médicas tiene el objetivo primordial de asegurar a la sociedad la calidad y profesionalismo de los especialistas en todas las áreas que se forman en las instituciones académicas y de salud. A través de la certificación se puede señalar con claridad a quienes cumplen con el perfil deseado para la práctica de su especialidad, esto es, quiénes han demostrado tener los conocimientos y las competencias requeridas para mantenerse de acuerdo con los estándares establecidos por consenso.

Además de la utilidad para la sociedad, existen también beneficios directos para el especialista que se certifica. Entre esos beneficios se pueden destacar:

  • Calificación curricular
  • Elemento de promoción para lograr puestos directivos en instituciones de salud
  • Elemento de promoción para lograr puestos docentes en instituciones académicas y/o de salud
  • Acreditación para ingresar como médico especialista a empresas privadas
  • Aceptación para practicar la especialidad en instituciones de salud
  • Atenuante ante un problema médico legal

Dr. José López Franchini

objeto

El objeto del Consejo Nacional de Salud Pública, A. C. (CNSP), según nuestros estatutos, es:

Certificar y Renovar la Vigencia de la Certificación a los médicos especialistas en Salud Pública, Epidemiología y Medicina Preventiva, que lo soliciten y que reúnan los requisitos de cognición, documentales, destrezas y habilidades establecidos en el Perfil del Médico Especialista (CNSP, 2017).

Otorgar aval académico de calidad, cuando se le solicite a los distintos programas de educación médica continua relacionados con las especialidades, subespecialidades o capítulos reconocidos por el CONACEM, siempre y cuando cumplan con los requisitos estipulados por la mesa directiva.

Conocer los programas de formación en Salud Pública, Epidemiología y Medicina Preventiva que satisfagan los parámetros para la formación del especialista.

Marco Jurídico

  • Código Civil para el Distrito Federal
  • Ley General de Salud
  • Acuerdo Secretarial por el que se emiten los lineamientos a los que se sujetarán el del Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas, A. C. y los Consejos de Especialidades Médicas a los que se refiere el artículo 81 de la Ley General de Salud, para la aplicación de lo dispuesto en el artículo 272 Bis y el título cuarto de dicha ley
  • Estatutos del Comité Normativo Nacional de Consejos de Especialidades Médicas, A. C.
  • Estatutos del Consejo Nacional de Salud Pública, A. C.